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Enjuiciamiento de magistrados

Enrique Vargas Peña

06 de diciembre de 2000

  

        Uno de los problemas centrales a que se enfrentaron los constituyentes de 1992 fue el diseño de un mecanismo que permitiera a la sociedad ejercer algún control sobre los jueces en orden a evitar o castigar la corrupción que, según consenso de aquel momento, tenía en el Poder Judicial a uno de sus más  grandes nidos.

        Establecieron como salida un Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, muy abierto al principio, en lo referente a la posibilidad de la sociedad de entablar acciones contra jueces corruptos, pero muy cerrado en cuanto a su integración.

        Este Jurado es una entidad con miembros permanentes (repitiendo el error que desembocó en la crisis judicial paraguaya de los años 30) que, además, tienen el mismo origen corporativo que el Consejo de la Magistratura, organismo encargado de nombrar a los jueces.

        Es decir, se diseño en 1992 un mecanismo que corría, ab initio, serio riesgo de verse comprometido con los intereses corporativos que operan  necesariamente sobre sus integrantes.

        Y eso fue exactamente lo que ocurrió.

        Muy pronto se resolvió que era necesario restringir la posibilidad de los afectados de demandar a los jueces y, enseguida, se adoptó un verdadero espíritu de cuerpo entre los miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y los jueces a quienes debía sancionar.

        Ahora, el presidente del organismo, Florentín López Cáceres solicita una nueva restricción de la posibilidad de demandar a los jueces, al proponer que toda acción incoada contra algún magistrado debe, primero, ser aprobada por una comisión investigadora del Consejo de la Magistratura.

        López Cáceres pasa por alto el hecho de que, aún si no se consideran los señalados intereses corporativos, el Consejo de la Magistratura tiene un interés funcional propio de evitar el cuestionamiento de los jueces nombrados por él.

        López Cáceres expone la naturaleza del problema que afecta al Paraguay en este campo, cuando sostiene que una de las funciones del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados es proteger a los jueces de la mala fe de los litigantes.

        El Jurado no fue creado para eso, sino para proteger a la ciudadanía de los jueces corruptos, exclusivamente. Que el presidente del mismo no lo entienda así muestra hasta qué punto la sociedad se encuentra completamente desprotegida ante un Poder Judicial corrompido hasta el punto que todas las mediciones internacionales lo sitúan en el primer lugar del esquema paraguayo de corrupción.

        La solución es, como siempre, democratizar el asunto. Los juicios contra jueces deben poder ser presentados sin costo y sin trámites por cualquier ciudadano que se sienta afectado y deben ser oídos por jurados ad hoc integrados por sorteo, en cada caso, por personas que no pertenezcan a los gremios que comparten intereses con ellos.

         Al país le saldrá más barato tener a los jueces nerviosos porque se sienten vigilados que continuar siendo víctima del prevaricato generalizado.

  

   

    

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